Micelio
Auto12 de agosto de 2014

A- de 2014

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Piedad Esneda Cordoba Ruiz·Demandado Sin Información

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Nulidad Sentencia De La Corte Constitucional
  • Improcedencia por cuanto no se vulneró el debido proceso en la Sentencia SU-712/13
  • Requisitos formales y materiales de procedencia
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de nulidad de la sentencia SU712/13.

En el incidente de nulidad se alegó la violación del debido proceso por la vulneración de los artículos 93 y 94 de la Constitución Política, en cuanto desconoció el artículo 23 numeral 2º de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), la cual forma parte del bloque de constitucionalidad, lo que al mismo tiempo implicó el quebranto de los derechos que a los ciudadanos otorga el artículo 40 Superior.

La Sala Plena concluye que el incidente de nulidad no está llamado a prosperar, porque no existió la vulneración del derecho al debido proceso de la accionante, ni es el escenario para revivir una discusión sobre problemas jurídicos resueltos en su oportunidad, ni menos aún para proponer nuevos debates, cuando los mismos nunca fueron objeto de discusión ni en las instancias, ni en sede de revisión.

SE DENIEGA.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DENEGAR la solicitud de nulidad de la Sentencia SU-712 de 2013, proferida por la Sala Plena de la Corte Constitucional.
  2. Segundo. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoMaría Victoria Calle Correa
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.